• La Procuraduría General de la Defensa del Trabajo del Gobierno del Estado de Baja California Sur, brinda asesoría jurídica gratuita a los trabajadores para hacer valer este derecho constitucional
El secretario del Trabajo y Previsión Social del Gobierno del Estado, Gustavo Hernández Vela Kakogui, reiteró el llamado a los patrones de todo el Estado para pagar en tiempo y forma los aguinaldos, conforme a lo establecido en la Ley Federal del Trabajo en su artículo 87, el cual señala que antes del día 20 de diciembre de cada año, los patrones deben pagar las gratificaciones anuales a los trabajadores.
Hernández Vela Kakogui enfatizó que la dependencia a su cargo atenderá cualquier situación que se genere sobre este tema a través de la Procuraduría General de la Defensa del Trabajo, y dará seguimiento puntual para el cumplimiento de este derecho constitucional.
Abundó que la Ley Federal del Trabajo estipula que el aguinaldo anual al que los trabajadores tienen derecho, será equivalente a quince días de salario por lo menos, precisando además que los trabajadores que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de pago del aguinaldo, tendrán derecho a que se les retribuya la parte proporcional del mismo de conformidad con el tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que este haya sido.
Gustavo Hernández Vela Kakogui enfatizó que la dependencia a su cargo a través de la Procuraduría General de la Defensa del Trabajo, dará seguimiento puntual para el cumplimiento de este derecho constitucional de los trabajadores.
En este sentido, dio a conocer que PGDT, estará brindando asesoría jurídica gratuita a todos los trabajadores que vean vulnerado este derecho constitucional, para lo que podrán acudir a las instalaciones de la PDT ubicadas en Cabrillas y Constituyentes, interior 302. Fraccionamiento Fidepaz, en La Paz; en un horario de las 8:00 am a las 3:00 pm.
Puntualizó que algunos patrones otorgan a sus trabajadores un aguinaldo superior a 15 días que establece la LFT y en algunos casos lo entregan en dos pagos, es decir, el primer pago se efectúa en diciembre y otro en enero, lo que le permite al trabajador hacer frente a los gastos de Día de Reyes y de inicios de año; así mismo algunos patrones anticipan el aguinaldo en el transcurso del año, situación permitida por la LFT al considerar que la fecha máxima para el pago es a más tardar el día 20 de diciembre.
Gustavo Hernández Vela Kakogui, para finalizar informó que de acuerdo a los registros de la PGDT, en todos los municipios del Estado, la parte patronal cumple en general con este derecho que tienen los trabajadores y precisó que la política en materia de justicia laboral del Gobierno del Estado, establece que en todo momento se deben hacer valer los derechos de los trabajadores, como en este caso, procurar el pago en tiempo y forma de sus aguinaldos para garantizarles a ellos y sus familias, el disfrute pleno de la temporada navideña.