El Decreto de Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado para el ejercicio fiscal de 2016 fue modificado para destinar recursos por un monto de 13 millones 750 mil 727 pesos al Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, asignación que no afectará programas sociales, de educación o de salud, aprobó el Pleno del Congreso del Estado.
Lo anterior es para dar cumplimiento a la sentencia emitida por el Tribunal Estatal Electoral en el recurso de apelación RA-PP-11/2015 y su acumulado RA-P-12/2015, de manera que al Decreto se le adicionó un Artículo 72, de acuerdo al dictamen presentado por las comisiones Primera y Segunda de Hacienda, en forma unida.
El diputado José Armando Gutiérrez Jiménez dio lectura al documento, que señala en el punto resolutivo tercero lo siguiente:
“Se vincula al Congreso del Estado, para que a la brevedad conceda al Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de esta entidad federativa, vía ampliación presupuestal o a través de cualquier otra figura jurídica que resulte apta conforme a la normatividad aplicable, los recursos solicitados en términos del acuerdo 56, del 7 de octubre de 2014, emitido por el Pleno del mencionado Consejo General”.
El Acuerdo de esa fecha se refiere a una solicitud al Ejecutivo y al Congreso del Estado de Sonora para ampliar el presupuesto al IEEyPC, con el objeto de “garantizar en forma integral las prerrogativas que debe otorgar a los partidos políticos para el gasto ordinario 2014 por un importe de 13 millones 750 mil 752 pesos”.
Como parte integrante de la Federación, el Congreso del Estado está sujeto a la observación y cumplimiento de las leyes, así como sujeto a la jurisdicción de los tribunales locales y federales, dice el dictamen, por lo que sus autos y resoluciones deben ser observados en la medida que las facultades y atribuciones que le fueron atribuidas por el constituyente y legislador ordinario a este Poder Legislativo le permitan.
“Consideramos que no es impedimento el hecho de que dichos actos correspondan a integrantes de legislaturas anteriores, que ya no son parte de la actual conformación del Poder Legislativo, pues en todo caso, el cumplimiento de una sentencia de una instancia jurisdiccional no es una responsabilidad personal, sino del Estado, criterio que ha sido sostenido por la Suprema Corte del país”, establece.
De acuerdo al Decreto aprobado, el Poder Ejecutivo del Estado, atendiendo a las economías presupuestales que se generen en el presente ejercicio fiscal, deberá hacer la referida asignación, misma que de ninguna manera afectará programas sociales, de educación o de salud, que se desarrollan actualmente por las diferentes dependencias.
En el desarrollo de la sesión ordinaria, el diputado Moisés Gómez Reyna presentó una iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan un artículo 45 bis y una sección IX al Capítulo II, Título Segundo de la Ley del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente del Estado de Sonora, en el marco de la agenda verde que impulsa.
Propuso una nueva sección para evaluar las políticas públicas y programas establecidos por el Gobierno del Estado, donde se plantee la creación de un sistema de indicadores que permitan conocer, con objetividad, si se ha avanzado en la generación de un ambiente más limpio y más sustentable para los sonorenses.
“Los resultados de dicho sistema de indicadores nos permitirán como Estado realizar los ajustes preventivos o correctivos a las políticas estatales en la materia, teniendo la certeza del rumbo que debemos seguir, sin desviarnos de nuestros objetivos o metas”, aseveró Gómez Reyna. La iniciativa se turnó para su estudio a la Comisión de Energía, Medio Ambiente y Cambio Climático.
Y a la Primera Comisión de Hacienda se envió para su análisis la iniciativa presentada por la diputada Flor Ayala Robles Linares, con proyecto de decreto que adiciona un párrafo quinto al Artículo 19 de la Ley de Deuda Pública del Estado de Sonora, con el objeto de facilitar la contratación de financiamientos por parte de municipios pequeños, para que estén en posibilidad de ejecutar mayor obra pública.
Lo que busca, expuso, es que queden exceptuados de la obligación de tener estados de ingresos y egresos dictaminados y publicados, aquellos municipios que tengan presupuestadas cantidades iguales o menores a 50 millones de pesos en sus correspondientes leyes de ingresos del año en el cual soliciten la autorización ante el Congreso, y que el monto de la obligación o empréstito solicitado no supere el 20 por ciento de sus ingresos totales presupuestados para ese año.
Ayala Robles Linares agregó que esto permitirá agilizar el proceso de autorización por parte del Congreso y evitará los elevados costos a los municipios pequeños.
Para obtener estadísticas reales y confiables de las muertes violentas de mujeres en Sonora, que permitan establecer políticas públicas correspondientes para abatir esta problemática, la diputada Brenda Elizabeth Jaime Montoya propuso que las actas de defunción en condición de violencia, incluyan la causal de muerte.
De esta manera quedaría especificado en el acta si la muerte fue por causas violentas que presuman la comisión del delito de feminicidio, para lo cual presentó una iniciativa con proyecto de decreto para reformar la fracción IV del Artículo 99 de la Ley del Registro Civil para el Estado de Sonora.
Explicó que esto permitiría tener datos precisos que posibiliten la implementación de medidas preventivas, en atención a la conclusión tercera a la que arribó el grupo de trabajo conformado para estudiar la solicitud de alerta de violencia de género contra las mujeres en el municipio de Cajeme, Sonora. La iniciativa se turnó a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Antes de clausurar la sesión y citar para la próxima el martes 31 de mayo, a las 11:00 horas, el Pleno aprobó el dictamen presentado por la Comisión de Presupuestos y Asuntos Municipales, con el Decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley número 39, de Ingresos y Presupuesto de Ingresos del Ayuntamiento del municipio de Hermosillo, Sonora.
Entre otras disposiciones, el Decreto modifica lo relativo a la tasa del Impuesto Predial sobre bienes inmuebles de características principales, para que baje de trece a 9 al millar, con el objeto de dar uniformidad en relación con la tasa establecida para los demás inmuebles y cumpliendo con el principio de proporcionalidad y equidad tributaria.
Incluye la armonización de las disposiciones de dicha contribución sobre bienes de características especiales, con lo dispuesto por el Artículo 115, fracción IV, párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el sentido de que los bienes de dominio público de la Federación, de los estados o de los municipios, están exentos del impuesto de referencia. La lectura estuvo a cargo del diputado David Homero Palafox Celaya.