Los menores de edad en México ya no podrán contraer matrimonio, ni con la autorización de sus padres, pues ahora los contrayentes deberán presentar identificación oficial que acredite su mayoría de edad, de acuerdo con la modificación al Código Civil Federal, aprobada por la Cámara de Diputados.
En el paquete de modificaciones a leyes y reformas aprobadas por los diputados el pasado 30 de abril, último día de la LXII legislatura, el pleno de la cámara avaló con 361 votos a favor, 11 en contra y cero abstenciones, el dictamen que modifica diversas disposiciones del Código Civil Federal a fin de incrementar la edad mínima para contraer matrimonio a la mayoría de edad.
El documento, enviado al Senado de la República para su revisión y en su caso aprobación, establece que al momento de contraer matrimonio, los cónyuges asumen el compromiso de compartir un proyecto de vida en común, fundar un hogar, proveerse ayuda mutua, procurarse afecto y cuidado.
También, menciona que el escrito de solicitud para contraer matrimonio deberá ser acompañado del acta de nacimiento y una identificación oficial vigente de los contrayentes, que acredite su mayoría de edad, y que son impedimentos para dicha acción, la amenaza, la coerción y la violencia.
El diputado Víctor Emanuel Díaz Palacios, del Partido Revolucionario Institucional (PRI) destacó que el matrimonio infantil constituye un grave problema a nivel mundial, va en contra de los derechos de los niños y las niñas que deciden por ellos, o a través de una moneda de cambio para mejorar la economía de sus papás, vivir con una pareja y cuidar a los niños teniendo sólo 16 años o menos edad.
En México, puntualizó, las cifras son alarmantes. En el informe de 2014 Todos los niños y las niñas cuentan de la UNICEF, se detalla que casi un cuarto de las infantes mexicanas cumplen la mayoría de edad tras haber contraído matrimonio, tener hijos o una pareja.
El diputado Antonio Cuéllar Steffan, del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), destacó la importancia de que no sólo se incorpore la mayoría de edad para contraer matrimonio sino los compromisos que en el devenir cotidiano van a tener que asumir para conformar una familia.
“No es una garantía de que la unión vaya a funcionar en el futuro por sí mismo, pero sí daremos mejores oportunidades de desarrollo a la niñez y a los adolescentes”.
La diputada Lilia Aguilar Gil del Partido del Trabajo (PT) mencionó que la reforma dejó como temas pendientes el eliminar las enfermedades crónicas e incurables como impedimento para contraer matrimonio.
“Es muy grave que no modifiquemos el artículo 156 del Código Civil Federal, y más preocupante que todavía, desde el Estado, se quieran determinar las condiciones que debe tener una persona, un individuo para celebrar este contrato”.