Inicio +Noticias LEY SECA ANTE PROCESO ELECTORAL

LEY SECA ANTE PROCESO ELECTORAL

LEY SECA ANTE PROCESO ELECTORAL DEL VIERNES 30 DE JUNIO AL LUNES 02 DE JULIO A LAS 9 HORAS

El XII Ayuntamiento de Los Cabos informa que, a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos y su jefatura de Inspección Fiscal que, se acatará la Ley Electoral en el término de aplicar “ley seca” en todo el municipio, por lo que este viernes 30 de junio a partir de las 22:00 horas entrará en vigor y se aplicará incluyendo la zona turística, dicha ley concluye el lunes a las 09:00 horas.

Lo anterior fue dado a conocer por el secretario general Luis Alberto González Rivera, quien al mismo tiempo informó que, se ha solicitado a la Dirección General de Seguridad Pública Policía Preventiva y Tránsito Municipal, realizar rondines respecto a esta disposición, para evitar que se venda este producto de manera irregular.

La Dirección de Asuntos Jurídicos detalla que se acatará la ley que Regula el Almacenaje, Distribución, Venta y Consumo de Bebidas Alcohólicas del Estado de Baja California Sur, así como el Reglamento Municipal que Regula el Almacenaje, Distribución, Venta y Consumo de Bebidas Alcohólicas del Estado de Baja California Sur, en el cual en su Artículo 5 fracción II, la Ley que Regula el Almacenaje, Distribución, Venta y Consumo de Bebidas Alcohólicas del Estado de Baja California Sur, en relación con el Artículo 10 fracción I del Reglamento Municipal que Regula el Almacenaje, Distribución, Venta y Consumo de Bebidas Alcohólicas del Estado de Baja California Sur.

El servidor público especificó que, como autoridad le compete a los Ayuntamientos la aplicación y observancia de la normatividad antes señalada, misma que en su diverso numeral 21, fracción I de Ley que Regula el Almacenaje, Distribución, Venta y Consumo de Bebidas Alcohólicas del Estado de Baja California Sur, en relación con el Artículo 30 Fracción I del Reglamento Municipal que Regula el Almacenaje, Distribución, Venta y Consumo de Bebidas Alcohólicas en el Municipio de Los Cabos, Baja California Sur, señala los días que se determinen conforme a la legislación electoral federal y estatal, relativos a las jornadas electorales, deberá estar prohibida la venta y el consumo de bebidas alcohólicas  para establecimientos y locales señalados en el Artículo 11 de Ley que Regula el Almacenaje, Distribución, Venta y Consumo de Bebidas Alcohólicas del Estado de Baja California Sur, en relación con lo señalado con el Artículo 17 Reglamento Municipal que Regula el Almacenaje, Distribución, Venta y Consumo de Bebidas Alcohólicas en el Municipio de Los Cabos, Baja California Sur y se considera  cantina, cervecería, discoteca, cabaret, centro nocturno, pulquería, centro botanero, bar y/o cantina, anexo de bar y demás similares; restaurant, salón de eventos y banquetes, servicio de banquetes, café cantante, salón de billar o boliche, coctelería, fonda, lonchería o cenaduría, joyería, casino, centro comercial y demás similares; centro de espectáculos, kermés, feria, embarcaciones de recreo y demás similares; depósito, agencia o sub-agencia, distribuidora, abarrotes, expendio, licorería, minisuper, ultramarinos y demás similares.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.