Posteriormente que se declarara como inconstitucional la prohibición del uso lúdico del cannabis la Cofepris otorgara permisos individuales las cuales contaran con ciertas restricciones
Luego de que la suprema Corte de Justicia de la Nación, emitiera un fallo histórico, en el cual declaró como inconstitucional la prohibición del uso recreativo del cannabis, ahora la Cofrepis, está a cargo de otorgar los permisos individuales para el consumo de la misma.
Y aunque queda un mucho trabajo por hacer, la decisión de la corte es que los consumidores, tramiten un permiso para poder consumir la sustancia para usos lúdicos y de manera legal, aunque con ciertas restricciones.
Con ocho votos a favor, la Suprema Corte removió «el obstáculo jurídico para que la Secretaría de Salud autorice las actividades relacionadas con el autoconsumo de cannabis y THC», así como «sembrar, cultivar, cosechar, preparar, poseer y transportar, con fines recreativos, respetando de esta manera el derecho al libre desarrollo de la personalidad».
Asi mismo mediante un comunicado emitido por la Suprema Corte, mencionó que «la Secretaría de Salud deberá emitir esas autorizaciones sólo a personas adultas»; es decir, para tramitar el permiso individual de autoconsumo de cannabis, deberás ser mayor de edad.
«En lo sucesivo, y mientras el Congreso de la Unión no legisle al respecto, la Secretaría de Salud deberá remitir esas autorizaciones sólo a personas adultas y para los efectos precisados», señaló la ministra Norma Lucía Piña durante el debate.
Sin embargo, debes tomar en cuenta que hay ciertas reglas que debes seguir:
- La autorización que expida la Cofepris no podrá incluir otras sustancias
- El permiso no es para la importación, comercialización, suministro o cualquier otro acto de enajenación y/o distribución.
- El uso lúdico de la marihuana no debe afectar a terceros, por lo que no deberá consumirse frente a menores de edad, ni en lugares públicos.
- No está permitido conducir vehículos u operar máquinas peligrosas bajo los efectos de esta sustancia, ni realizar otra actividad que pueda poner en riesgo o dañar a otras personas.