Emite INE Lineamientos sobre reelección de diputaciones para el Proceso Electoral Federal 2020-2021
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- Poder Legislativo deberá normar la reelección para próximos procesos electorales: Lorenzo Córdova
- Se prioriza el cumplimiento y observancia del principio de paridad frente al derecho de reelección
- No será necesaria la separación del cargo durante las campañas
El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), emitió los Lineamientos sobre reelección de diputaciones para el Proceso Electoral Federal 2020-2021, los cuales tienen por objeto regular la reelección de diputadas y diputados para el próximo año, con el fin de ponderar y garantizar tanto el derecho a ser votada o votado de la persona interesada en reelegirse, el derecho a votar de la ciudadanía, así como salvaguardar los principios constitucionales de certeza y equidad de la contienda electoral.
Las y los legisladores que busquen la reelección deberán presentar a su partido, a la Cámara de Diputados y al INE, una carta de intención a más tardar un día antes del inicio de las precampañas electorales; es decir, el 22 de diciembre.
Conforme al acuerdo aprobado, no será necesario que las diputadas y diputados que opten por la reelección en el Proceso Electoral Federal 2020-2021 se separen del cargo para ser electos por un periodo adicional; sin embargo, no podrán dejar de acudir a las sesiones o a sus labores inherentes al cargo para hacer campaña.
El Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova, recordó que estos lineamientos son aprobados por el Instituto debido a la omisión del Poder Legislativo en la emisión de una legislación secundaria en la materia, ordenada por la reforma electoral de 2014.
“Lamento que hoy estemos teniendo esta discusión en esta sede, porque es una discusión que debió haberse dado bajo las figuras que se quiera, incluso de parlamento abierto o en una gran discusión pública y demás, pero en la sede legislativa. Esta no es una discusión que deberíamos estar teniendo en esta instancia”, dijo.
Lorenzo Córdova añadió que, a diferencia de otros países donde la reelección tiene muy pocas restricciones, en México no puede ser así, porque existe el principio constitucional de equidad en la contienda.
“Aquí tenemos un régimen de equidad que no se tiene en otros lados del mundo, aquí incluso el Presidente de la República, durante los procesos electorales, no puede pronunciarse respecto de las elecciones ni de los partidos, porque estaría violando el artículo 134 constitucional”, recordó.
Es decir, añadió, en México tenemos un contexto muy particular y “si la decisión del Legislativo hubiera sido que no hay separación del cargo, este Instituto estaría obligado a aplicarlo y lo haríamos con mucho gusto, porque estaríamos aplicando una norma que fue expedida por la instancia que debió haberla expedido”.
Córdova mencionó que estos lineamientos tendrán vigencia única y exclusivamente para el Proceso Electoral Federal 2020-2021 y llamó a las y los diputados que buscarán la reelección y llegarán a la próxima legislatura a normar la elección consecutiva y a emitir la ley secundaria en la materia.
Acuerdo aprobado por los diputados tiene un alcance limitado
Por su parte la Consejera Claudia Zavala, presidenta de la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos del INE, lamentó que en lugar de un diálogo abierto con los partidos políticos tal como lo pidieron al diferir la aprobación de estos lineamientos, se emitiera un acuerdo de forma unilateral por parte de la Cámara de Diputados. “Se esperaba un intercambio de ideas franco, abierto y en buena lid democrática”.
Aclaró que el acuerdo aprobado por la Cámara es de régimen interior, lo que no obliga a la autoridad a no emitir los lineamientos cuyo único objetivo es garantizar a la ciudadanía que bajo ninguna circunstancia se abran cauces a los privilegios o a las ventajas toleradas que tanto daño le han hecho a nuestra democracia.
“Detrás de estos lineamientos no hay una competencia, ni afrenta con el Poder Legislativo, el INE no participa en contiendas de poder ni de popularidad, ni de reconocimiento, esa no es nuestra tarea, esa no es nuestra vocación”, sentenció.
No separarse del cargo y reforzar la fiscalización
El Consejero Jaime Rivera se pronunció “no por la separación del cargo y sí por un reforzamiento especial de las reglas de fiscalización de quienes aspiren a reelegirse”.
En su opinión, “al INE no le corresponde hacerse cargo de las reglas internas de la Cámara de Diputados y la reelección no debe conducir a la inoperancia temporal del órgano legislativo”.
Incluso planteó las consecuencias que podría tener para el funcionamiento de la Cámara de Diputados, ya que “si la mayoría de las y los legisladores quisieran postularse a la reelección y para ello, separarse del cargo el 3 de abril y quisieran además acompañarse de la misma fórmula de suplentes, este órgano quedaría imposibilitado para trabajar y tomar decisiones durante el último mes del periodo ordinario de sesiones”.
En su oportunidad la Consejera Dania Ravel coincidió en que no debe exigirse la separación del cargo; no obstante, reconoció que esta permisión implicará mayores retos para la autoridad electoral en materia de fiscalización y para asegurar la observancia del artículo 134 constitucional.
Frente a ello manifestó la necesidad de que se tome una serie de previsiones para que les permita cumplir de manera eficaz con sus atribuciones y plasmarlas de forma clara, de manera que los legisladores que busquen la reelección conozcan sus obligaciones.
Entre ellas, puntualizar que no podrán dejar de acudir a las sesiones del órgano que integran por realizar actos proselitistas, ni podrán hacer uso de recursos públicos, ya sean humanos, materiales y económicos que les correspondan para el ejercicio de su encargo con fines electorales y deberán cumplir con las funciones para las que fueron electos.
La Consejera Adriana Favela se pronunció a favor de que las personas que buscan reelegirse puedan ir por una vía u otra, independientemente de si fue por mayoría relativa o representación proporcional por la que fueron electos, determinación que fue acompañada por la mayoría de los integrantes del Consejo General.
“Exigir la separación del cargo por sí mismo, no tendrá injerencia con el principio de equidad en la contienda” e incluso, agregó, la Suprema Corte de Justicia ya se pronunció por la libertad configurativa de los estados al respecto.
Mencionó que un estudio hecho en las 32 entidades federativas da cuenta de que en 22 no se exige la separación del cargo y en 20 de ellas, ya se realizó la reelección de diputaciones a nivel local sin separarse del cargo y no hubo mayores problemas.
El Consejero Uuc-kib Espadas sostuvo que el INE carece de facultades legislativas supletorias ante la falta de emisión de una ley reglamentaria por parte del Congreso y aun cuando las tuviera estas disposiciones tendrían que haberse concretado 90 días antes del arranque del proceso.
“Restricciones como el impedimento a mantenerse en el cargo mientras se compite o pretender que se compita por la misma vía o por el mismo distrito, son medidas no previstas ni en la Constitución ni en la ley y, consecuentemente, no pueden estar previstas en los reglamentos”, dijo.
El Consejero Martín Faz reiteró su postura en contra de ordenar a los legisladores que busquen reelegirse, la separación de su encargo y manifestó su disposición a acompañar la posibilidad de que puedan hacerlo por un principio distinto por el que fueron votados la primera ocasión en atención a los diálogos que se han dado con todos los actores políticos.
El punto central es la equidad en la contienda
La Consejera Carla Humphrey recordó que la reelección legislativa busca fortalecer la profesionalización y la carrera legislativa, producir la especialización temática para enfrentar una mejor manera, una relación equilibrada con el Ejecutivo, disponer de incentivos innovadores para una mejor, más frecuente y verdadera rendición de cuentas de las o los legisladores, reforzar la cercanía con las bases ciudadanas de su distrito o estado y la legitimidad social del Poder Legislativo.
Debido a esta conexión social y rendición de cuentas que las y los diputados deben tener, dijo Humphrey, “para mí es irremediable que un legislador o legisladora deba contender por el mismo distrito, depende el principio en el mismo circuito o circunscripción”.
El Consejero José Roberto Ruiz mencionó que el tiempo para que el INE adopte medidas sobre este tema ya pasó, ya que, desde su perspectiva, el límite previsto en la Constitución no es exclusivamente para el Congreso, sino que también incluye a la autoridad electoral.
También consideró innecesaria la discusión de los lineamientos considerando que varios elementos pueden ser incluidos en otros acuerdos, incluso estimó innecesario que quienes aspiren a la reelección informen su pretensión al INE, ya que a través de la fiscalización se puede saber quiénes optarán por esta vía.
Diputados son juez y parte
El Consejero Ciro Murayama señaló que en el debate hay unos argumentos muy atendibles que reclaman a la autoridad electoral abordar la reelección, pero también hay intereses.
“Varios de los legisladores que se van a postular son los que firmaron el acuerdo en donde nos dicen: no a la regulación. Es decir, están siendo juez y parte, se oponen a un acuerdo, que les podría aplicar en su situación en particular”.
Murayama lamentó que el INE tenga que hacerse cargo de este tema, porque las y los legisladores no hicieron su trabajo como les ordenó la Constitución. “Si los legisladores sabían desde la reforma del 2014 que legítimamente podían buscar la reelección, no hay un solo partido de los que firmaron el acuerdo que no hayan sido parte de la Cámara de Diputados desde el 2015; es decir, hay responsabilidad de sus institutos políticos”.
Como la Constitución sólo permite el derecho y los legisladores no pusieron una norma para la reelección, entonces “la omisión legislativa beneficia a quien fue omiso, pero ello implica abandonar los principios de la equidad”.
La reelección no será pretexto para incumplir con la paridad
Los lineamientos establecen que la reelección, la paridad de género, las candidaturas indígenas y las acciones afirmativas en favor de grupos en situación de vulnerabilidad serán atendidos al interior de los partidos políticos; sin embargo, se deberá priorizar el cumplimiento y observancia del principio de paridad frente al derecho de reelección.
En caso de que el partido político nacional que postuló la candidatura de una persona que pretenda su reelección haya perdido su registro, la diputada o diputado podrá ser postulada por cualquier partido político.
Las y los diputados que hayan sido postulados originalmente por un partido político, sin haber sido militantes de éste o, en su caso, de alguno de los partidos políticos coaligados, deberán ser postulados por el mismo partido o, en su caso, por alguno de los integrantes de la coalición.
Los partidos políticos de reciente creación podrán postular candidaturas en reelección, siempre que la diputada o el diputado a postular hubiese renunciado o perdido su militancia antes de la mitad de su mandato, o bien, se trate de legisladores que provengan de partidos políticos que hubiesen perdido el registro.
Podrán optar por la reelección las diputadas y diputados federales elegidos tanto por el principio de mayoría relativa como por el principio de representación proporcional, sin importar la forma de postulación.
Asimismo, las diputadas y los diputados que decidan contender por la reelección deberán hacerlo por el mismo distrito y/o la misma circunscripción por el cual fueron elegidos en el proceso electoral anterior.
Aprueban instructivo para conformación de coaliciones
Posteriormente, el pleno aprobó el Instructivo que deberán observar los Partidos Políticos Nacionales que busquen formar coaliciones para la elección de diputaciones por el principio de mayoría relativa, en sus diversas modalidades, para el Proceso Electoral Federal 2020-2021.
En este acuerdo se establece que las solicitudes de registro de convenios de coalición y acuerdos de participación deberán presentarse a más tardar el 23 de diciembre de 2020, y podrán participar bajo las siguientes modalidades establecidas en la ley: Coalición total, para postular 300 fórmulas de candidaturas a diputaciones de mayoría relativa. Coalición parcial, para postular al menos 150 fórmulas de candidaturas a diputaciones de mayoría relativa. Coalición flexible, para postular al menos 75 fórmulas de candidaturas a diputaciones de mayoría relativa.
El convenio de coalición podrá ser modificado por los partidos políticos coaligados a partir de su aprobación por el Consejo General y hasta un día antes del inicio del periodo para el registro de candidaturas, es decir hasta el 21 de marzo de 2021.