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Cabildo de Loreto aprobó descuentos especiales a contribuyentes

• Los beneficiarios son los afiliados a CANACO, CANIRAC y Productores Ganaderos.

En sesión pública extraordinaria de Cabildo el H Cabildo de Loreto, aprobó por unanimidad el programa de descuento para los comerciantes a la Cámara Nacional de Comercio (𝗖𝗔𝗡𝗔𝗖𝗢), anunció la presidenta Paola Cota Davis.
Los diversos descuentos que se aprobaron este lunes son los siguientes: un 40% en el pago de derechos a los afiliados, en permisos para el uso y ocupación de la vía pública para establecimientos semi fijos o áreas de uso comercial autorizado; siempre y cuando no se encuentre ubicado en el centro histórico; un 50% en el pago de espacios de vía pública en festividades especiales (carnaval, fiestas tradicionales, entre otras).
Reunidos en la Sala de Cabildo »Gobernador José María Mata», los integrantes del H. cuerpo de cabildo, encabezados por la alcaldesa de Loreto, aprobaron también el programa de descuento para los comerciantes a la Cámara de la
Industria de Restaurantes y Alimentos Condimentados (𝗖𝗔𝗡𝗜𝗥𝗔𝗖), que consisten en un 50% de descuento en cambios de domicilio en licencias de alcoholes propias; un 50% de descuento en pago de anuncios publicitarios y letreros en vía pública, siempre y cuando el comerciante tenga refrendada su licencia al año 2023.
En el orden del día también fue aprobado, el programa de descuento en refrendo de licencias comerciales y de alcoholes propias para el comerciante en general, consistente en: 30% durante el mes de febrero; 20% durante el mes de marzo; 10% durante el mes de abril, “lo que es un beneficio adicional para los comerciantes”; este beneficio es únicamente para propietarios de licencias propias, no aplica para comerciantes que utilicen licencias de alcoholes de empresas cerveceras.
En esta sesión extraordinaria, aprobaron el descuento para el Productor Ganadero, mismo que consiste en aplicar multa por solo 10 UMAS a aquel ganadero que no haya refrendado años anteriores dentro del plazo establecido en el artículo 75 de la Ley Ganadera del Estado de Baja California Sur, su título de Marcas de Herrar, Señales de Sangre, Aretes y Tatuajes.
Finalmente, cabe precisar que sólo quedan exentos de multa quienes no hayan refrendado años anteriores dentro del periodo de 60 días naturales del año 2023, de acuerdo al artículo 75 de la Ley Ganadera del Estado de Baja California Sur.

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