Los Cabos, B.C.S. 07 de octubre de 2023.- Con el objetivo de brindar ayuda de manera oportuna
e inmediata a la ciudadanía del municipio de Los Cabos, la Dirección General de Seguridad
Pública, Policía Preventiva y Tránsito Municipal a cargo del Ing. Naval Jesús Antonio Gómez
Rodríguez, a través del equipo del Centro de Control y Monitoreo, pone a disposición de la
ciudadanía el número de emergencias 9-1-1.
Con profesionalismo e imperturbabilidad, las y los elementos del Centro de Control y
Monitoreo, al recibir la llamada de una persona, trabajan en conjunto con los diversos servicios
de emergencia (Bomberos, Cruz Roja, Protección Civil y Policía Municipal) para asignar el
servicio que la persona requiera, coordinándose con elementos que se encuentran desplegados
en las calles para de esta manera hacer llegar de la forma más rápida y eficaz posible la ayuda
solicitada. El número de emergencias está disponible para las y los habitantes del municipio de
Los Cabos, los 365 días del año, las 24 horas del día.
La Dirección General de Seguridad Pública, Policía Preventiva y Tránsito Municipal hace la
invitación a la ciudadanía cabeña, a reportar al número de emergencias 9-1-1 cualquier
incidente, emergencias médicas, como: atropellamiento, parto, intoxicación etílica, convulsión,
etc. Emergencias de Protección Civil: animales peligrosos que están sueltos, fugas o derrames
de combustible, entre otros. Emergencias de Seguridad Pública, por ejemplo: vehículo
abandonado, portación de armas o cartuchos, vehículo sospechoso, extorsión, violencia
familiar, y/o persona agresiva, por mencionar algunas.
Para finalizar, se le recuerda a la ciudadanía la importancia de utilizar con responsabilidad,
consciencia y empatía el número de emergencias 9-1-1, ya que el hacer llamadas falsas y de
broma, puede provocar que otra persona que en verdad necesite ayuda no sea atendida. El
hacer llamadas de broma es una actividad que se considera delito y está tipificada en el Código
Penal del estado de libre y soberano de Baja California Sur artículo 331, donde también se
menciona que al culpable se le impondrá de seis meses a tres años de prisión y multa, de 100 a
500 días por estas conductas.
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